El informe de evaluación del edificio, más conocido por sus siglas IEE, es un documento que justifica la situación en la que se encuentran los edificios con relación a su estado de conservación (I.T.E.), con el cumplimiento añadido de la normativa vigente sobre accesibilidad universal y con el grado de su eficiencia energética. La administración competente puede solicitarlo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva. La realización de este documento es de obligado cumplimiento para la tramitación de subvenciones y ayudas, tanto estatales como autonómicas.
¿Qué documentación contiene?
El IEE debe identificar el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contener, de manera detallada:
- La evaluación del estado de conservación del edificio (I.T.E.)
- La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente.
- La certificación energética del edificios.
¿Quién puede realizar este informe?
Los propietarios deben encargar la inspección técnica a un profesional cualificado, en ejercicio y colegiado en el correspondiente Colegio Profesional. Por ejemplo, un arquitecto técnico.
Si su edificio va a cumplir los 50 años y ya han pasado 10 años desde la ITE anterior o tienen interés en obtener algún tipo de ayuda para mejora de la accesibilidad (instalación de ascensor) o mejora de la eficiencia energética (aislamiento de fachadas o mejora de las instalaciones de calefacción-climatización) contacte con nosotros y haremos la inspección correspondiente para el IEE de una forma rápida, eficiente y profesional.